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¿qué debo hacer si aún no tengo un sistema de valoración de funciones?

No necesita un sistema listo para usar, pero sí una clasificación en cuatro criterios

La ausencia de un sistema de evaluación de funciones no es actualmente un problema que requiera una solución inmediata, pero sí algo en lo que conviene empezar a pensar ahora. No existe obligación de adquirir mañana un sistema de evaluación de funciones comercial existente. En última instancia, se trata de que las funciones dentro de una organización estén clasificadas sobre la base de criterios objetivos y neutrales en cuanto al género: habilidades, esfuerzo, responsabilidad y condiciones de trabajo. La forma concreta en que se organice —con un sistema comprado, un modelo propio o una clasificación interna simple— aún no está determinada, porque la legislación subyacente en los Países Bajos aún está en proceso.

Quien ahora no tiene nada, es mejor que comience con los perfiles y descripciones de funciones existentes que ya existen. Éstos suelen constituir ya un punto de partida útil para determinar qué grupos de funciones ya existen y si pueden ordenarse según los cuatro criterios mencionados. A partir de esa clasificación, será posible determinar qué funciones se consideran equivalentes, que es la base para la política de remuneración y, más adelante, para un posible informe sobre la brecha salarial. Por lo tanto, no es un requisito esperar a que todo esté definitivamente establecido; los elementos que ya existen pueden ordenarse ahora.

En qué se basa este requisito

El artículo 4 de la Directiva (UE) 2023/970 obliga a los empleadores a estructurar las estructuras de remuneración de manera que la igualdad de trabajo y el trabajo de igual valor se determinen sobre la base de criterios objetivos y neutrales en cuanto al género, mencionando como criterios las habilidades, el esfuerzo, la responsabilidad y las condiciones de trabajo. La forma en que esta directiva se incorpora exactamente en la legislación de los Países Bajos se describe en la propuesta de ley 36949, la Ley de Implementación de la Directiva sobre Transparencia Salarial, que actualmente aún se está tramitando en la Cámara de Representantes. Más información sobre los requisitos que la ley impone a la evaluación de funciones se encuentra en la página sobre evaluación de funciones y la ley. La información actualizada sobre el progreso de esta legislación se puede encontrar en el Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo.

Lo que debe hacer concretamente

La implementación de cada obligación, con los plazos correspondientes y las plantillas para documentarlo, se encuentra en la suscripción.

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