¿debo publicar el informe sobre la brecha salarial de forma pública o mantenerlo interno?
La notificación va a una autoridad, no automáticamente al sitio web
La notificación sobre la brecha salarial de género se concibe en primer lugar como un deber de notificación, no como un comunicado de prensa para publicar. Los datos que debe contener la notificación —como las diferencias en las retribuciones entre hombres y mujeres por categoría— se remiten a la autoridad designada al efecto para permitir la supervisión y para que los trabajadores y sus representantes puedan consultar el resultado. La cuestión de si existe una obligación adicional de divulgar activamente también las cifras, por ejemplo en el sitio web propio, es una materia que debe aclararse en la transposición neerlandesa de la Directiva. Por el momento, aún no se ha determinado cómo Países Bajos va a regularlo.
Esto hace que sea un tema en el que no conviene quedarse atrás en este período intermedio: lo que exactamente debe hacerse público y lo que puede permanecer internamente depende de las decisiones que se tomen en la transposición. Lo que sí está claro es que la propia obligación de notificación no está en cuestión, y que la pregunta de "¿público o no?" es independiente de la pregunta a partir de cuántos trabajadores debe notificarse. Los empresarios que ya ahora reflexionan sobre el contenido de la notificación harían bien en enfocarse primero en qué datos debe contener una notificación sobre la brecha salarial de género, de modo que la forma de publicación sea un paso posterior.
Lo que regula y lo que no regula el artículo 9
El artículo 9 de la Directiva (UE) 2023/970 describe qué datos debe contener la notificación y a quién se ponen a disposición, pero no regula explícitamente una obligación de publicación pública en, por ejemplo, un sitio web. Cómo Países Bajos transpone ese aspecto de la Directiva en normas nacionales aún no está determinado; para conocer el estado actual de esa transposición, el Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo es la fuente autorizada.
En qué se basa esto
- Artículo 9 directiva (UE) 2023/970 — los datos que contiene la notificación
- Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo
La Directiva se encuentra en EUR-Lex. Proporcionamos referencias para cada afirmación; no tiene que creernoslo a nosotros.
Lo que debe hacer concretamente
La implementación de cada obligación, con los plazos correspondientes y las plantillas para documentarlo, se encuentra en la suscripción.
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