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¿Se aplica la ley neerlandesa de transparencia salarial a un empleador extranjero?

Sí, presumiblemente sí — si el personal trabaja en los Países Bajos

Para un empleador extranjero con personal en los Países Bajos, no es el lugar de establecimiento del empleador lo que cuenta, sino dónde se desarrolla la relación laboral. El artículo 2 de la Directiva (UE) 2023/970 describe el ámbito de aplicación como empleadores en los sectores público y privado, sin imponer un requisito de nacionalidad o establecimiento al empleador en sí. Esto indica que una organización establecida en otro país, pero que tiene empleados trabajando en los Países Bajos, se enfrentará a la transposición holandesa de la Directiva para ese personal una vez que entre en vigor — de la misma manera que un empleador holandés.

En este momento, eso todavía cambia poco en la práctica. La propuesta de ley holandesa (36949) aún se está tramitando en la Segunda Cámara, y las obligaciones que contiene aún no se aplican a los empleadores privados, independientemente del país en el que estén establecidos. Para los empleadores en el sector público y semipúblico es diferente: como ya ha pasado el plazo de transposición de la Directiva, pueden estar ya directamente vinculados por las disposiciones de la Directiva para el personal que trabaja en los Países Bajos, incluso si la organización está establecida en otro lugar. Quien se encuentra en esa categoría y aún tiene que comenzar con una clasificación de puestos objetiva, por lo tanto posiblemente tiene menos tiempo del que sugiere la fecha objetivo de la ley.

Ubicación: el ámbito de aplicación en el artículo 2 y el estado de la propuesta de ley 36949

Que el lugar de trabajo es determinante y no el establecimiento del empleador se deduce de la formulación amplia e independiente del lugar del artículo 2 de la Directiva (UE) 2023/970. Que las obligaciones para los empleadores privados en los Países Bajos aún no se aplican, y para los empleadores públicos y semipúblicos ya puede tener efecto directo, se deduce del estado legal de la propuesta de ley 36949: ha sido presentada pero aún no adoptada, mientras que el plazo de transposición de la Directiva ya ha vencido.

En qué se basa esto

La Directiva se encuentra en EUR-Lex. Proporcionamos referencias para cada afirmación; no tiene que creernoslo a nosotros.

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Escrito con IA basándose en las fuentes anteriores, verificado por una persona el 2026-08-20. ¿Hay algo que no sea correcto? Comuníquenoslo — las correcciones tienen prioridad.